P. Rico-Negociado de Energía le exige a LUMA presentar un plan de infraestructura para recarga de vehículos eléctricos

San Juan, 22 nov (INS).- El Negociado de Energía de Puerto Rico le exigió a LUMA Energy que presente la primera fase de su plan para la distribución de energía para vehículos eléctricos en la isla.

Por intermedio de una resolución emitida el pasado 18 de noviembre, el Negociado de Energía establece que para la confección del plan se debe considerar el comportamiento -presente y futuro- del consumidor, el despliegue de la infraestructura y tecnología necesarias de conformidad a la demanda y otros elementos del mercado, y las localizaciones y costos más adecuados a la red disponible a través del tiempo en cada región geográfica del archipiélago de Puerto Rico.

LUMA deberá presentar la primera fase de su plan en o antes del 1 de septiembre de 2022, luego de haber participado de tres vistas de cumplimiento técnico pautadas para el 25 de febrero, el 31 de mayo y el 31 de agosto del mismo año. Así también, LUMA deberá someter o iniciar en o antes del 31 de mayo del 2022 un proceso de propuestas para uno o más diseños de tarifas.

La entidad reguladora requirió y recibió durante el presente año los comentarios de Cambio PR, el Colegio de Peritos Electricistas, la Oficina Independiente para la Protección del Consumidor, el programa de política pública energética del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, de Ángel D. Rodríguez y Tesla, Inc.

El ingeniero Edison Avilés Deliz, presidente del Negociado de Energía, dijo que la resolución “es el resultado del esfuerzo y el insumo de los diferentes sectores relacionados a la industria. Es una combinación a la par con cualquier gestión del sector privado, ya que el marco jurídico actual así lo permite; inclusive desde mucho antes que esta novel alternativa se convirtiera en asunto de discusión pública”.

Además de esbozar la jurisdicción del Negociado de Energía sobre la materia, el organismo gubernamental hace énfasis, como parte de su determinación, en la importancia y necesidad de implantar un sistema de energía con una baja dependencia en el petróleo y la erradicación de la generación de energía basada en el carbón, promoviendo sistemas de energía alternativa o renovable más eficientes.

Lo anterior, añadió Avilés Deliz, “en constante diálogo que garantice el cumplimiento con el artículo 3 de la Ley 33 de 2019 que expresamente incluye la electrificación de vehículos de motor”.

El documento, habiendo resaltado la pertinencia del taller realizado sobre este tema el pasado mes de septiembre, establece que en enero y febrero se estarán realizando el segundo y tercer taller, dirigidos a discutir tanto los criterios a considerar como prioridades en el fortalecimiento y desarrollo de infraestructura y en la óptima utilización de los programas piloto, respectivamente.

También LUMA deberá someter, en o antes del 31 de mayo de 2022, su propuesta para configurar un proceso tarifario que incentive la recarga fuera de horas pico y que atienda diferentes aspectos y tendencias relacionadas a la diversidad de usos que se le brinda a la electricidad en el punto de recarga y al crecimiento y deseabilidad de la instalación de sistemas de almacenamiento de energía.

Otros aspectos que, según la resolución y orden, busca la entidad reguladora se incluya en el plan que ha de revisar el Negociado, se encuentran que el costo se mida en unidades o valor por kilovatio utilizado en la recarga y no en el tiempo que se utilice durante la misma, el uso y desarrollo de propiedad pública y la adecuada inserción de terceras partes que ofrecen y pueden ofrecer en igualdad de condiciones este servicio al consumidor. INS

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