P. Rico-Aprueban proyecto para enmendar el Código de Seguros

Consideración final de la Comisión de Salud de la Cámara, que preside Sol Higgins Cuadrado, sobre enmiendas al Código de Seguros.  Inter News Service/Johanna Sánchez

San Juan, 7 jun (INS).- La Comisión de Salud, presidida por la representante Sol Higgins Cuadrado, realizó hoy una vista de consideración final sobre el Proyecto de la Cámara 302, con el fin de añadir nuevos incisos a la Ley Núm. 194-2000, conocida como Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente para establecer nuevas alternativas administrativas y de igual forma enmendar la Ley Núm. 194-2011, conocida como Código de Seguros de Salud de Puerto Rico, para disponer que la responsabilidad de la coordinación de beneficios es compartida por las organizaciones de seguros de salud o aseguradoras.

Al inicio de la audiencia, la representante Higgins Cuadrado reveló que la medida fue ajustada, según los acuerdos entre los deponentes durante el proceso de vistas públicas y el equipo técnico de la Comisión de Salud.

“La coordinación de beneficios es de suma importancia para el paciente que cuenta con dos o más seguros de salud, en cuanto a servicios se refiere, ya que permite que el plan primario pague la reclamación de servicios médicos, y si la persona tiene un plan secundario, este paga los copagos, deducibles y coaseguros que el primario no cubre, lo que representa un ahorro al paciente”, establece la medida.

Una de las enmiendas añadidas en el borrador, y sugerida por el Comisionado de Seguros, es un nuevo inciso a la Ley 2000 con el fin de incluir la posibilidad de una querella cuando una organización para el mantenimiento de la salud, sin fundamento válido, obstaculice o se rehuse cooperar en la coordinación de beneficios.

Otra de las enmiendas añadidas en el borrador por el equipo técnico de la Comisión es que se ordena al Comisionado de Seguros de Puerto Rico que establezca reglamentación de acuerdo a lo requerido por la Ley-194-2011.

Esto se haría bajo los siguientes parámetros: establecer la responsabilidad del asegurado de informar y suministrar la información sobre los planes médicos que posee a los proveedores participantes al momento de solicitar o necesitar un servicios médico.

También,  establecer los procedimientos de facturación por parte de los proveedores participantes cuando existan coordinaciones de beneficios tanto del plan primario como al plan secundario, como proceden las denegaciones de pago por parte de los planes, sean primarios o secundarios, y cuando comenzaron a correr los términos de facturación al plan secundario.

Finalmente, establecer que ningún proveedor participante podrá negarse a hacer coordinación de beneficios o proveer el servicio condicionado a que el paciente gestione el reembolso con el asegurador u organización de servicios.

El Proyecto de la Cámara 302 fue aprobado con seis votos a favor y próximamente será atendido en una sesión ordinaria. INS

ndc

Attachments