P. Rico-Acoge tribunal recurso de candidato por nominación directa por la alcaldía de Guánica

San Juan, 30 dic (INS).- El juez Anthony Cuevas Ramos, del Tribunal de Primera Instancia en San Juan, determinó hoy que se deben adjudicar los votos a favor del candidato por nominación directa a la alcaldía de Guánica, Edgardo Cruz Vélez, independientemente de que no tuvieran la marca en el encasillado correspondiente.

De prevalecer esta determinación, Cruz Vélez se coloca como potencial ganador de los comicios en Guánica, donde la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) certificó como vencedor con una ventaja de 24 votos a Ismael “Titi” Rodríguez Ramos, candidato del Partido Popular Democrático (PPD).

“En esta ocasión no podemos darle deferencia a una determinación de la CEE que afecta derechos fundamentales, resulta irrazonable y conduce a la comisión de injusticias”, estableció el magistrado Cuevas Ramos.

Agregó que “de este modo, es nuestro deber dejar sin efecto unas instrucciones que en vez de salvaguardar la intención del elector atenta en su contra. Así, revocamos parte de la Resolución CEE-AC-20-547 a los efectos que se contabilicen todos los votos de nominación directa sin marca en el cuadrante de nominación directa que contenga el nombre del nominado”.

Cruz Vélez presentó en el tribunal un recurso para impugnar la decisión del presidente de la CEE, Francisco Rosado Colomer, la cual excluía votos por nominación directa a su favor porque el elector no marcó debidamente en el rectángulo del encasillado correspondiente a nominación directa.

“Este tribunal declara No ha lugar las mociones de desestimación presentadas. En su consecuencia, se declara Ha lugar el recurso de revisión judicial presentado por el Sr. Edgardo Cruz Vélez”, establece en su sentencia el juez Cuevas Ramos, quien sostuvo que el voto por nominación directa es distinguible de los demás porque “requiere, para su emisión, que el elector escriba el nombre de una persona que no es un candidato”. INS

ndc