P. Rico-Elecciones 2020/Jueza De León Ríos ordena, ante recurso de Victoria Ciudadana, a la CEE entregar listas de electores de voto ausente y adelantado

San Juan, 18 nov (INS).- La jueza Rebecca De León Ríos, del Tribunal de Primera Instancia en San Juan, ordenó hoy al presidente de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), Francisco Rosado Colomer, entregar a los comisionados electorales las listas de los solicitantes de voto ausente y voto adelantado, tal como lo reclamó el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC).

De este modo, la magistrada atendió el reclamo para que la CEE cumpla con su deber ministerial “inmediatamente se abran los maletines para cada uno de los precintos electorales, al iniciar el proceso de escrutinio general”.

El conflicto surgió porque el organismo electoral comenzó el escrutinio general del precinto 1 de San Juan sin proporcionar los documentos solicitados por el MVC, mientras que el comisionado del Partido Nuevo Progresista (PNP), Héctor Joaquín Sánchez, insistía en que esto se había hecho al igual que el coordinador Edwin Mundo.

“Es un hecho admitido por todas las partes que las listas en controversia fueron solicitadas por la parte demandante a la CEE y no se le han entregado”, estableció la jueza superior al emitir su sentencia.

Expuso, además, que es un hecho admitido por el presidente de la CEE y por el comisionado del PNP, en la audiencia celebrada el 17 de noviembre de 2020, que las listas se encuentran dentro de los maletines de cada precinto, por lo que debe procederse a entregarlos a los partidos políticos para que puedan realizar el Escrutinio General.

Destacó que conforme surge del Manual de Procedimientos de la Unidad de Añadidos a Mano Elecciones Generales y Plebiscito 2020, los votos evaluados bajo la modalidad de añadidos a mano requieren el cotejo contra las Certificaciones de “exclusiones”, las listas de voto por correo, voto a domicilio, voto adelantado en el precinto y voto ausente.

“Es diáfano que la CEE tiene que proveer a los representantes de los partidos las listas solicitadas, para que puedan determinar si los electores votaron adelantado, ausente, en colegio de fácil acceso o a domicilio, y rechazar todo caso activo que aparezca en listados”, sentenció la jueza De León Ríos.

Reconoció que la utilidad de estas listas como herramienta de cotejo durante el Escrutinio General es evidente y surge del manual aprobado por el pleno de la Comisión hace escasamente siete días.

En este sentido, a juicio de la magistrada, salta a la vista el deber de la Comisión de producir las listas.

“Conforme a las disposiciones reglamentarias que rigen el Escrutinio General, resulta meridiano que las listas son esenciales al proceso y, su entrega finalizado el Escrutinio General, como arguyeron los representantes del Presidente de la Comisión y del Comisionado del PNP, resultaría en un ejercicio de futilidad y contrario a la transparencia que exige el proceso de escrutinio, de manera que se salvaguarde su legitimación”, advirtió De León Ríos al declarar ha lugar el recurso de mandamus del Movimiento Victoria Ciudadana. INS

ndc