P. Rico-Lagunas de la orden judicial del Tribunal Supremo respecto a las primarias

Por Rafael Santiago Medina

San Juan, 12 ago (INS).- La opinión del Tribunal Supremo deja muchas lagunas de irresolución y extensos vacíos remediativos a la debacle y caos de las primarias del domingo pasado.

Al ordenar la continuación de las elecciones de las primarias de los partidos Nuevo Progresista (PNP) y Partido Popular Democrático (PPD) este próximo domingo, 16 de agosto, para los colegios que no pudieron abrir el domingo pasado o que no pudieron operar durante ocho horas se quedan sin remediar situaciones intermedias.

No se trata únicamente de las situaciones extremas de no poder abrir los colegios electorales por no haberse recibido las papeletas y los demás materiales o que no completaron el proceso de ocho horas de oportunidad para la votación. También acaecieron situaciones que debieron haberse considerado en la evaluación de la orden judicial.

Así, por ejemplo, están los casos habidos en los colegios electorales que abrieron en horas del mediodía del domingo y culminaron el proceso hasta horas de la noche, pero hubo electores que fueron en horas tempranas de la mañana para votar pero no habían llegado las papeletas y los demás materiales.

A esas personas que tal vez fueron y regresaron dos y hasta tres veces sin éxito antes de las horas cercanas al mediodía cuando pudieron abrir el colegio electoral y se les había dicho que volvieran más tarde porque todavía no habían llegado las papeletas y los demás materiales, terminando concomitantemente desalentados o impedidos por circunstancias personales, sin ejercer finalmente su derecho al voto.

Esta situación constituyó, sin duda, una violación al derecho constitucional al voto debido a las circunstancias anómalas que impidieron a electores ejercer su derecho. En estos casos, aun cuando se completó el proceso de votación desde el mediodía hasta horas de la noche, se cuartó el derecho al voto a ese elector que no regresó luego de sus primeros dos o tres intentos, por no haber llegado el material electoral a la hora establecida.

Existen los casos, que no consideró la opinión del Tribunal Supremo, además, de colegios electorales que abrieron a las ocho de la mañana o quizás un poco más tarde en horas mañaneras tempranas, pero faltaron papeletas para permitirle votar a electores que llegaron en horas de la tarde, porque acudieron a ejercer su voto más personas a ese colegio de lo que se había previsto.

En estos últimos casos en particular hay que sopesar si sería meritorio ordenar reabrir esos colegios electorales este próximo domingo, preservando la validez del voto de quienes votaron, pero permitiéndoles votar ahora a los que no pudieron hacerlo el domingo pasado.

O si, por el contrario, tal vez hubiera sido necesario anular la votación ya emitida y volver desde cero nuevamente con el proceso electoral.

Preservarán y contar los votos de los 36 precintos que abrieron el domingo pasado los colegios en horas de la mañana y estuvieron abiertos al proceso de votación durante ocho horas continuas, pero con la prohibición de no divulgar los resultados electorales. cumple con la justeza y equilibrio de una determinación judicial ecuánime y razonablemente mitigante al caos primarista habido.

Empero, el soslayamiento del Tribunal Supremo a las situaciones diversas que también constituyeron violaciones del derecho constitucional al sufragio desdice de la orden judicial y remedios judiciales a la transgresión del proceso electoral, garante de la democracia.  INS

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