P. Rico-Firman acuerdo la Asociación de Maestros y Educación para pago de licencias acumuladas a maestros jubilados

San Juan, 16 sep (INS).- La presidenta de la Asociación de Maestros, Aida Díaz, anunció hoy la firma de un acuerdo con el secretario de Educación, Eligio Hernández Pérez, para el desembolso de 4.5 millones de dólares relacionados al pago de licencias por enfermedad a cientos de docentes a los cuales se les aprobó su retiro no más tarde del 31 de marzo de 2017.

“Para nosotros es una victoria porque había que hacerles justicia a todos estos educadores y otorgarles lo que por derecho les corresponde; luego de esta firma hay que hacer unos anuncios en prensa escrita para aquellos que no están en la demanda”, reveló Díaz a la vez que reconoció que los educadores estaban desesperados preguntando sobre ese acuerdo.

El secretario de Educación aseguró que “además de cumplir con su compromiso con los estudiantes, el DE está comprometido con remunerar a los maestros de forma justa y con esto, le hacemos justicia a los maestros retirados que acumularon esas horas y ahora podrán cobrarlas”.

La AMPR publicará en periódicos de circulación general de Puerto Rico, en uno de Orlando (Florida) y en las redes sociales de la AMPR el aviso detallando la fecha límite que tendrán los docentes elegibles bajo el acuerdo para registrarse y proveer los documentos que demuestren su elegibilidad para recibir el pago de su licencia por enfermedad acumulada, hasta un máximo de 90 días.

“Aquellos maestros elegibles que forman parte del caso de epígrafe: Asociación de Maestros de Puerto Rico et als. v. Departamento de Educación et als, Caso Núm. SJ2017CV00542 ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior del Centro Judicial de San Juan, y que cumplan con los requisitos establecidos en el acuerdo, deberán proveer a la AMPR aquella evidencia necesaria para acreditar su balance de licencia por enfermedad acumulada y que su retiro haya sido efectivo al finalizar el año escolar 2016-2017”, explicó Díaz.

Los maestros elegibles bajo el acuerdo, pero que no forman parte de esta demanda tendrán una fecha límite que se informará en la notificación publicada en el periódico para que puedan registrarse con la AMPR y proveer la evidencia necesaria para acreditar su balance de licencia por enfermedad acumulada.

Requisitos para calificar para el pago:

·        Maestro presentó su solicitud de retiro no más tarde del 31 de enero de 2017

·        Maestro recibió o debió haber recibido la decisión de retiro para el 31 de marzo de 2017

·        Maestro se retiró al finalizar el segundo semestre del año 2016-2017 o en verano de 2017

·        Poseía balance de enfermedad (se reconocerá un máximo de 90 días)

·        No ha sido re empleado por el DE en ninguna capacidad desde su retiro.

Si el maestro cumple con estos criterios y está en la demanda que radicó la Asociación:

·        Tiene que asegurarse es que la AMPR posea la evidencia de que se retiró (hoja 409) y la hoja que certifica el balance de enfermedad que tenía al momento de retiro y/o cualquier documento que le sea solicitado.

Si el maestro cumple con estos criterios y no está en la demanda:

·        Tiene que esperar que se realice la publicación del aviso y cumplir con los requisitos que se indica. Sin embargo, puede ir recopilando los documentos que tendrá que presentar: 1) evidencia de que se retiró (hoja 409) y la hoja que certifica el balance de enfermedad que tenía al momento de retiro y/o cualquier documento que le sea solicitado. INS

ndc