P. Rico-Cámara aprueba versión enmendada del Código de Incentivos

San Juan, 22 jun (INS).- La Cámara de Representantes aprobó anoche una versión enmendada del proyecto de administración del Código de Incentivos de Puerto Rico, con la finalidad de consolidar las decenas de decretos, incentivos, subsidios, estímulos monetarios, reembolsos, o beneficios contributivos o financieros existentes.

La medida fue presentada por el presidente de la Comisión de Hacienda, Antonio “Tony” Soto Torres, quien destacó que el Proyecto de la Cámara 1635 “contiene las herramientas adecuadas para fomentar el desarrollo económico sostenible de Puerto Rico, además de establecer el marco legal y administrativo que regirá la solicitud, evaluación, concesión o denegación de incentivos por parte del gobierno local”.

Apuntó que “se realizaron numerosas vistas públicas en Cámara y Senado y observamos que no se podía aprobar como el radicado por el Ejecutivo en 2018. Recogimos las inquietudes de distintos sectores profesionales o que, de una manera u otra, se verían afectados por los incentivos de Puerto Rico, las fuimos recopilando y trabajando con el Ejecutivo y el Senado”.

Soto indicó que se configuró un sistema único que recoge dentro de un solo documento, bajo una oficina y un solo regulador, el proceso desde la solicitud hasta el otorgamiento del crédito contributivo, con un mecanismo para determinar si la inversión que haga el gobierno tiene retorno.

El representante agregó que la oficina tiene que rendir informes y publicar en un portal la información de manera más extensa que se haya requerido anteriormente sobre cualquier crédito solicitado, que incluyan el nombre del negocio exento y sus accionistas principales; fecha en que solicitó y se otorgó el decreto.

Además de tasas preferenciales otorgadas; y capítulos de este código o sobre la ley anterior bajo la cual se otorgó el decreto. También, el nombre del municipio donde operará el negocio exento; las exenciones otorgadas y la cantidad de empleos generados o retenidos por el negocio exento. INS

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