P. Rico-Presentan medida que pretende evitar que la AEE cobre por energía que no produjo

San Juan, 19 may (INS).- El representante Víctor Parés Otero presentó un proyecto para enmendar la Ley 3 de 2018 y así prohibir que la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) le facture a sus clientes por la energía producida por generadores externos, con combustible suministrado por un tercero, aun cuando la transmisión y distribución sea provista por la Autoridad.

El proyecto de la Cámara 2059 enmienda la ley, cuyo propósito principal fue resolver una problemática que afectó a miles de abonados de la AEE tras el embate de los huracanes Irma y María, que aún con el uso de generadores eléctricos privados, los contadores de la AEE continuaron reflejando y leyendo consumo por parte de sus clientes.

“Así las cosas, una controversia muy similar a la que pretendía remediar esa ley comenzó a surgir en los meses posteriores a su aprobación. Abonados de la AEE comenzaron a recibir facturas por el servicio eléctrico recibido tras la emergencia a pesar de que la energía en cuestión había sido producida por generadores externos provistos y operados por la Usace con combustible suministrado por FEMA”, explicó Parés Otero.

Dijo que la situación ocurrió en múltiples municipios, especialmente en Arecibo, Maunabo, Yabucoa, Vieques y Culebra.

El legislador recordó que la comisión cameral de Desarrollo Económico y Energía que preside, recientemente atendió en vistas públicas una resolución de su autoría, del presidente de la Cámara, Carlos Méndez, y del representante José “Memo” González que ordenaba investigar denuncias de residentes de varios municipios en las que alertaron que continuaban recibiendo facturas de cobro por el período que no tuvieron energía eléctrica directamente de la AEE.

Añadió que como parte de esa investigación la comisión citó a una audiencia al presidente del Negociado de Energía, donde informó que la aplicación de la tarifa vigente toma en consideración la totalidad de los costos de la AEE para un período de facturación determinado, y que esos costos se distribuyen entre todos los clientes.

El Negociado de Energía concluyó que la tarifa vigente de la Autoridad es de aplicabilidad a los clientes de Maunabo, Culebra y Vieques de la misma forma que a los demás clientes de la Autoridad, “según requiere dicha doctrina tarifaria”.

“La determinación final del Negociado constituye una injusticia. El resultado es un mero tecnicismo que utiliza la alegada transmisión y distribución por parte de la AEE de una energía producida y pagada por un tercero para justificar que los abonados tenían que pagar por el servicio eléctrico”, argumenta Parés Otero.

A su entender, “lo que procede es establecer que en los casos donde la energía sea producida por generadores externos provistos y operados por un tercero con combustible suministrado por un tercero, la Autoridad no pueda facturar por los servicios ofrecidos durante ese período específico”. INS

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