P. Rico-Decisión del Supremo favorece ambiente para eliminar colegiación compulsoria, dice Aponte Hernández

San Juan, 12 may (INS).- El representante José Aponte Hernández destacó como “extremadamente favorable” la decisión de Tribunal Supremo de Puerto Rico que declaró inconstitucional la colegiación compulsoria para los técnicos y mecánicos automotrices, lo que a su juicio “abre el camino para eliminar dicho requisito en todos los demás colegios”.

“Estamos complacidos con la decisión del más alto foro judicial en Puerto Rico. No cabe la menor duda de que es inconstitucional obligar a una persona a pertenecer a una organización o asociación para ejercer su profesión. Esta decisión deja claro que se tiene que eliminar el requisito de pertenecer a un colegio de manera obligatoria”, comentó hoy Aponte Hernández.

El representante del Partido Nuevo Progresista (PNP) es el autor de una serie de medidas, presentadas en septiembre del año pasado, que buscan reiterar el derecho de libertad de asociación en las diversas entidades que agrupan a profesionales de la isla.

Según explicó Aponte Hernández, anteriormente fue reconocido por el Tribunal Supremo de Puerto Rico el poder del Estado para reglamentar el derecho de una persona para ejercer una profesión u oficio.

En San Miguel Lorenzana v. ELA, 134 DPR 405 (1993), el Alto Foro Judicial expresó: “En el ejercicio de su poder regulador, el Estado tiene facultad para regular y controlar la práctica de las profesiones a fin de proteger la salud y el bienestar público, a la vez que evita el fraude y la incompetencia. También puede prohibir la práctica de una profesión, a menos que primero se obtenga una licencia, permiso o certificado de alguna entidad u oficial examinador”.

“Al reglamentar las profesiones, el Estado ha delegado en diferentes juntas examinadoras, entre otros, los procesos de certificación o admisión de personas al ejercicio de una profesión u oficio. Sin embargo, los motivos que justifican la intervención del Estado para regular y fiscalizar las profesiones no deben utilizarse como pretexto para requerirle la afiliación a otras entidades u organizaciones de manera obligatoria”, afirmó el político.

Concluyó que “la colegiación obligatoria, como requisito exigido por ley para el ejercicio de una profesión, constituye una restricción o limitación injustificada que violenta el derecho constitucional a la libertad de asociación”. INS

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