P. Rico-Harán censo de personas vulnerables

San Juan, 7 nov (INS).- La Cámara de Representantes aprobó llevar a cabo un censo especial sobre la población vulnerable de la Isla.

La medida solicita al Departamento de la Familia (DF) en coordinación con la Junta de Planificación (JP), el Instituto de Estadísticas y la Oficina de Reparación y Coordinación de Respuesta en Salud Pública (OPCRSP) del Departamento de Salud (DS), a realizar el censo, según fuese definido por el estudio que preparó la Universidad de George Washington tras el paso del huracán María.

Según la pieza legislativa, dicha investigación tendrá que ser presentando al Cuerpo Legislativo en o antes del 30 de enero de 2018.

Asimismo, se aprobó la Resolución Conjunta de la Cámara 379, del líder Cameral junto a los legisladores José Aponte Hernández y Joel Franqui Atiles, que ordena a la JP, al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y a la Oficina de Gerencia de Permisos (OGP) a estudiar el impacto que tiene las construcciones y demás desarrollos que se llevan a cabo en áreas circundantes referente a las bahías y lagunas bioluminiscentes.

Igualmente se avaló el Proyecto de la Cámara 16 y el P. de la C. 13. El primero impone que toda agencia o corporación pública que preste servicios básicos a la ciudadanía tendrá un máximo de 30 días para atender las querellas presentadas y de éstas no ser resultas, sin razón justificada, en dicho periodo cada municipio podrá ofrecer los servicios requeridos si cuenta con el personal y los recursos necesarios.

La segunda medida busca prohibir que los jefes de agencias o funcionarios de confianza del Gobierno utilicen su voz o imagen para realizar anuncios o pautas publicitarias de cualquier tipo sufragada con fondos públicos, incluyendo, pero sin limitarse, a televisivas, en internet comercial, radiales o en material impreso.

De igual forma, se afirmó la R. C. de la C. 89 que expresa el apoyo al desarrollo, construcción y operación del proyecto “Costa Isabela Hotel & Conference Center”, en el Municipio de Isabela en aras de incentivar la oferta y crecimiento turístico de la región oeste y Puerto Rico.

Por otro lado, se aprobó el P. de la C. 1725, de Administración, que enmienda la “Ley del Proyecto Comunitario Estudiantil”, a los fines de disponer que podrá ser parte del servicio comunitario a realizarse por los estudiantes, la participación en actividades llevadas a cabo por clubes y/o asociaciones deportivas fuera de la escuela.

También se ratificó el P. de la C. 299, de José “Quiquito” Meléndez Ortiz, que reforma dos artículos de la “Ley de Armas de Puerto Rico”, para incluir el término conspirador entre sus definiciones. Fija que toda persona que se encuentre en el vehículo del cual proceden los disparos, será considerado conspirador.

Con relación a las Reglas de Evidencia de 2009, se afirmó el P. de la C. 871, del representante Luis “Junior” Pérez Ortiz, con el objetivo de reconocer el privilegio de confidencialidad en las labores de los trabajadores sociales.

La Cámara Baja favoreció el P. de la C. 1104, de Jorge Navarro Suárez, que revisa la “Ley del Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico”, con el fin de ampliar la información que se deberá incluir en los informes anuales que se supone se remita al Gobernador y a la Asamblea Legislativa. Ello permitiría que el Gobierno cuente con la información necesaria para evaluar las actuaciones y gestiones del Banco de Desarrollo Económico (BDE).

Del representante Franqui Atiles se confirmaron dos proyectos; el P. de la C. 1384 que modifica la “Ley de Incentivos Contributivos Agrícolas de Puerto Rico”, a los fines de ampliar las instancias de la definición de negocio agrícola calificable para ser considerado agricultor “bona fide”; y el P. de la C. 1118 para establecer que todo candidato de nuevo reclutamiento al puesto de bombero en el Negociado del Cuerpo de Bomberos deberá estar certificado como “Emergency Medical Technician” o paramédico.

Relacionado a los jóvenes, se dio paso al P. de la C. 1718, de la autoría de María Milagros Charbonier Laureano, para instituir el derecho de los jóvenes a practicar deportes, ya sean estos organizados por entidades públicas o privadas, conforme a su predilección y habilidades entre otros fines.

Del representante Manuel Claudio Rodríguez, se aprobó el P. de la C. 1687, que modifica el “Programa de Desarrollo de la Juventud”, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), con la intención de imponerle a la agencia la obligación de publicar en su portal cibernético la llamada “Guía de Servicios para el Joven”.

Por otro lado, se validó el P. de la C. 1835, de la autoría de la vicepresidenta Lourdes Ramos Rivera, que dicta el mes de enero de cada año como el “Mes de Concientización sobre Autoestima”.

De otra parte, en aras de promover la economía agrícola en Puerto Rico, la Cámara de Representantes favoreció la aprobación del Proyecto de la Cámara 1564, de Alonso Vega, que crea la “Ruta Aroma de Café”, para promocionar la industria cafetalera, el turismo gastronómico y el turismo de aventura.

La pieza legislativa faculta a la Compañía de Turismo (CTPR) a establecer un recorrido turístico que incluya a los municipios de Jayuya, Utuado, Adjuntas, Lares, Yauco y Maricao u otro municipio que la CTPR entienda que participa de la industria y la cultura del café para que forme parte de la mencionada Ruta.

Del portavoz de la mayoría, Gabriel Rodriguez Aguiló se avaló la R. de la C. 1189 que examinará la conveniencia y necesidad de instalar en Puerto Rico plantas nucleares para producir energía; las nuevas tecnologías modulares para el diseño y operación de las mismas; sus características de seguridad.

El Cuerpo Cameral ratificó el nombramiento Ygrí Rivera Sánchez como miembro en propiedad del Panel sobre el Fiscal Independiente (FEI). Según el informe de la Comisión de Gobierno, el nombramiento es “un acierto y la nominada es ejemplo de lo que debe ser un funcionario público de la altura de un miembro en propiedad del FEI”.

Asimismo, se endosó el P. del S. 218 que crea la “Ley Reguladora de los Administradores de Beneficios y Servicios de Farmacia”, a los fines de establecer la Oficina del Comisionado Regulador de los Administradores de Beneficios y Servicios de Farmacia, adscrita a la Oficina del Comisionado de Seguros, instaurara sus funciones, poderes y facultades de supervisar y fiscalizar a los Manejadores de Beneficios de Farmacia (Pharmacy Benefit Manager ‘PBM’, por sus siglas en inglés), los Administradores de Servicios de Farmacias (Pharmacy Benefit Administrators ‘PBA’, por sus siglas en inglés);  y cualquier entidad similar que contrate los servicios con las Farmacias de Puerto Rico, con el fin de incluir a los PBMs, PBAs y entidades a fines de cumplir con el pago de reclamaciones.

Se dio paso al P. del S. 244, cuyo propósito es conferir a las Oficinas de Permisos Municipales la facultad de otorgar permisos de uso provisionales a las solicitudes que solamente les falte el certificado del Departamento de Salud Estatal para completar su trámite, dentro del término de 30 días de haberse solicitado, si el expediente básico ha sido cumplimentado.

Igualmente, se concurrió con P. del S. 754, para disponer que todos los profesionales involucrados en el campo del ejercicio y el deporte, tomen cursos de Psicología Deportiva con el fin de mitigar las incidencias de violencia en el deporte en Puerto Rico, para propiciar que éstos desarrollen el carácter y una buena conducta en el deportista.

Se consintió con el P. del S. 920, para designar con el nombre de Luz Ercilia “Lucy Fabery” Fabery Zenón, el tramo de la Carretera PR-924 desde la esquina con la calle Antonio López del Municipio de Humacao hasta su intersección con la Carretera PR-31 en jurisdicción del Municipio de Naguabo.

Al mismo tiempo, se atendió la Resolución Conjunta del Senado 242, que ordena a la Oficina de Servicios Legislativos de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico a identificar, recopilar y digitalizar todo informe, pre informe y documento histórico producido como parte del proceso de redacción de la Constitución de Puerto Rico durante la Convención Constituyente de Puerto Rico. INS

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