P. Rico-Es ley ahora pagar solo lo que se consume, durante emergencias

San Juan, 12 jul (INS).- El Proyecto del Senado 811, que establece una facturación justa y razonable para toda la ciudadanía de los servicios esenciales en situaciones de emergencia recibió hoy la firma del gobernador Ricardo Rosselló.

La Ley de Facturación Justa, Razonable y Transparente de los Servicios Públicos Esenciales en Situaciones de Emergencia, del senador por San Juan Miguel Romero, considera el servicio de energía eléctrica provisto por la Autoridad de Energía Eléctrica  y el servicio de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados como esenciales.

“Considerando las injusticias que se cometieron con los abonados de estos dos servicios luego del paso del huracán María, con esta medida pretendemos evitarle a la ciudadanía el engorroso proceso de tener que ir a reclamar el servicio que nunca les fue provisto. Queremos garantizar que estas corporaciones facturen solo aquellos servicios que, en efecto, fueron provistos”, manifestó Romero.

Esta ley complementa otro proyecto del senador (que se convirtió en ley en enero pasado) que prohíbe a la AEE facturar a sus clientes por el consumo de energía eléctrica reflejado en los contadores producto de energía no generada por dicha corporación pública, como por ejemplo aquella producida por un generador.

“En esa misma línea, esta pieza es un paso más para establecer un sistema justo y razonable en beneficio de nuestra ciudadanía en estos momentos de emergencia”, manifestó el presidente de la Comisión de Gobierno.

Asimismo, explicó que la facturación durante periodos afectados por una situación de emergencia se regirá por los siguientes principios: el cliente no contó con servicio en la totalidad del periodo de facturación por lo que no se le podrá facturar nada, bajo ningún concepto.

De emitirse una factura, la misma deberá reflejar la cantidad de $0.00, salvo que el cliente tenga alguna deuda atrasada previo al periodo emergencia.

Otra instancia es que el cliente solo recibió servicio en una parte del periodo de facturación. En este caso, se prorrateará cualquier cargo fijo de manera que se pueda descontar el periodo en el cual no se recibió el servicio debido a la emergencia.

Por otro lado, cuando el cliente contó con el servicio en su totalidad durante el periodo de emergencia, se le facturará de forma normal y corriente. 

Por virtud de esta ley, tanto la AAA, la AEE y la Comisión de Energía adoptarán un procedimiento expedito, mediante reglamento o carta circular, para dilucidar cualquier objeción a las facturas, para que “sea un proceso fácil, rápido, que brinde el debido proceso de ley a los Clientes y permita atender y resolver las discrepancias diligentemente”, dijo Romero. INS

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