P. Rico-Organización que agrupa a trabajadores de corporaciones públicas rechaza orden de la Aafaf de acogerse a planes médicos contratados por la ASES

San Juan, 4 jul (INS).- La organización Pro Salud de los Trabajadores rechazó la orden administrativa OA2018-08 emitida por la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (Aafaf) el 25 de junio pasado, por entender que “contiene disposiciones que afectan directamente los planes médicos de los empleados de las corporaciones públicas”.

La orden administrativa tiene como finalidad ordenar a todas las corporaciones públicas a participar de los planes de beneficios de salud contratados por la ASES al amparo de la Ley 95-1963, según enmendada, Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos comenzando el 1 de enero de 2019.

Pro Salud, que agrupa a empleados, profesionales y gerenciales de diversas corporaciones públicas,  señaló que la orden “atenta contra nuestro objetivo de lograr el establecimiento de un plan asequible de beneficios médico quirúrgicos, de hospitalización y beneficios suplementarios que mejor satisfagan los intereses y necesidades de servicios de salud de nuestros trabajadores”.

“Con esta orden se autoriza a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), entre otras cosas, a hacer los ajustes necesarios en los planes de beneficios de salud que se contraten para el primer semestre del año fiscal 2018-19 conforme a los parámetros establecidos por la Aafaf y/o ASES”, apunta la organización.

Agrega que la orden administrativa no altera la aportación patronal de las corporaciones públicas para beneficios de salud de sus empleados y que sólo establece el proceso a seguirse para cumplir con lo dispuesto en la Ley 26-2017.

A juicio de Pro Salud, “nada faculta a la Aafaf a enmendar, alterar o prorrogar ningún plan fiscal o parte de él luego de que esté debidamente aprobado y certificado por la Junta de Supervisión Fiscal. La única entidad con plena facultad para cambiar cualquier plan fiscal previamente certificado es la propia Junta de Supervisión Fiscal”.

“Denunciamos la incapacidad de Aafaf de ordenar lo dispuesto en su orden administrativa, que de forma compulsoria llevaría a los empleados de las corporaciones públicas tener que acogerse a un plan de salud escogido por terceros y al cual tendríamos que aportar la diferencia del tope mínimo ($100.00) establecido por la Ley 26-2017 en el artículo 2.07”, afirma el conglomerado.

Añade que “no sabemos qué intereses pudieran estar siendo protegidos con esta orden administrativa, pero de algo si estamos seguros: con este medida no se están protegiendo los verdaderos intereses de los empleados públicos”.

Por último, advierte que “si del 1 de enero de 2019 en adelante tendremos que aportar a nuestro propio plan médico, entonces exigiremos escoger la cubierta que mejor satisfaga los intereses de los trabajadores, profesionales, empleados gerenciales y sus respectivas familias, auscultando las mejores alternativas de plan médico que nos pueda ofrecer la industria de seguros médicos”. INS

aa