P. Rico-Cámara aprueba medida que asegura el desarrollo de la isla municipio de Culebra

San Juan, 24 jun (INS).- Para preservar la integridad ecológica y asegurar el continuo desarrollo de la isla municipio de Culebra, la Cámara de Representantes aprobó con enmiendas el Proyecto de la Cámara 1403 de Administración, donde consolida a la Autoridad de Conservación y Desarrollo de Culebra (ACDC) con el municipio de Culebra.

Se enmienda así la Ley de Ejecución del Plan de Reorganización del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) de 2018.

La instrumentalidad municipal será el ente encargado de la ACDC y tendrá a su cargo la formulación, adopción y administración de planes y programas para la conservación, uso y desarrollo de Culebra, las normas y reglamentos de la Junta de Calidad Ambiental y con el Plano Regulador y el mapa de zonificación adoptado para la Junta de Planificación para la isla de Culebra.

Asimismo, la ACDC mantendrá la política pública de la Ley para la Reforma de Permisos de Puerto Rico; tendrá pleno dominio e intervención sobre todas y cada una de sus propiedades, incluyendo la facultad para adoptar las tarifas, aranceles o derechos que cobrará por su uso.

Mientras, la pieza legislativa ordena la agrupación de la Oficina de Exención Contributiva Industrial, la Corporación del Centro Regional, la Oficina de Gerencia de Permisos, el Instituto de Estadísticas y la Oficina Estatal de Política Pública Energética en el DDEC.

El cuerpo legislativo también aprobó una medida de Administración, presentada por el presidente Carlos Méndez Núñez, junto a la delegación parlamentaria de mayoría, cuyo propósito es adoptar la Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública, al igual que establecer una política pública de acceso a la información pública.

El Proyecto de la Cámara 1095, a su vez, ordena, organiza y pauta mecanismos procesales sencillos, ágiles y económicos de acceso real a los documentos e información pública. Al mismo tiempo, consigna principios e instrumentos de garantía al acceso y ordena la designación de oficiales de información en cada entidad gubernamental.

Según plantea en el escrito, “actualmente, no contamos con una reglamentación estatal que establezca un procedimiento uniforme para obtener la información pública que se genera o custodia en las entidades gubernamentales”.

Y agrega que esto se presenta “pese a que el Tribunal Supremo de Puerto Rico ha reconocido reiteradamente el derecho de acceso a información pública como corolario necesario de los derechos de libertad de expresión, prensa y asociación, que explícitamente promulga la Constitución de Puerto Rico y la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos”. INS

aa