P. Rico-Agrupación Puerto Rico por la Familia muestra preocupación por vulneración de derechos de los niños ante nueva ley de adopción

San Juan, 30 ene (INS).- César A. Vázquez Muñiz, portavoz de la agrupación Puerto Rico por la Familia, se mostró preocupado por la reciente aprobación de la “Ley de Adopción de Puerto Rico” debido a que el cuerpo legal, “aunque tiene fines loables al agilizar el proceso y facilitar que más niños sean adoptados”, desconoce en algunos parámetros los derechos de los menores.

“El primer asunto que nos preocupa es que se pretende llevar todo el proceso en 60 días. En 60 días se le va a quitar a un hombre y una mujer el vínculo familiar y jurídico con lo que más se ama en la vida, un hijo. Al final de ese período este niño estará en las manos de un tercero o terceros probablemente extraños, los cuales pudieran inclusive residir fuera de Puerto Rico”, apuntó.

En ese intervalo, dice Vázquez, el Departamento de la Familia levantará un expediente y escribirá un informe social y Tribunales llevará a cabo varias vistas. “Todo esto se hará sin nuevo personal mi más presupuesto. Sin tomar en cuenta que el Departamento de la Familia tiene por investigar más de 10 mil casos de maltrato de menores. Ni hablar del atraso en los casos en los Tribunales”.

En este nuevo esquema, continúa el portavoz, “al padre del niño apenas se le toma en cuenta. Deja de ser política pública priorizar colocar al niño en su familia inmediata. Se habla de garantizar que el adoptado en su mayoría de edad tenga acceso a información sobre sus padres biológicos. Sin embargo, se permite la entrega anónima de niños desde recién nacidos hasta tres años”.

Se crea por ley un “Panel de Selección de Candidatos” de cinco miembros de los cuales sólo se necesitan tres para aprobar una adopción. Los cinco, nombrados por el secretario del Departamento de la Familia, decidirán todas las adopciones y sólo se podrá llevar un recurso ante el Tribunal Apelativo para impugnar una decisión, en un plazo de 30 días.

“En ese tiempo, los pobres de este país o sus familiares tendrán que conseguir dinero para pagar un abogado que los represente. Porque la realidad es que a los pobres es a quienes les quitan los hijos, la mayoría de las veces”, añadió el portavoz.

Los mayores cuestionamientos de Puerto Rico por la Familia se refieren a quiénes podrán adoptar.

“Podrán adoptar individuos, sin importar su orientación sexual, como hasta ahora. Podrán adoptar los matrimonios en conjunto, como hasta ahora, y eso incluiría a los matrimonios del mismo sexo, lo que es nuevo. Sin embargo, los matrimonios ya no tendrán prioridad sobre los individuos como la tienen ahora”, señala Vázquez Muñiz.

Y advierte: “Les recuerdo que los niños anhelan tener papá y mamá. Para colmo, se crea una nueva categoría que podrá adoptar conjuntamente, la ‘pareja unida por relación de afectividad análoga a la conyugal’”.

Argumenta que no saben qué significa esta frase, “porque no se define en la ley y tampoco aparece en el marco jurídico puertorriqueño. Me imagino que significará ‘dos qué digan que se quieren, aunque no estén casados’. Realmente se le está dando a las parejas de hecho el mismo derecho que a los matrimonios”.

“La mayoría de los niños que se dan en la adopción son el fruto de relaciones sexuales sin compromiso, parejas de hecho. Ahora van hacer victimizados dos veces, al ser adoptados por parejas en una relación de bajo compromiso y con mayor riesgo de violencia. No estamos de acuerdo. ¿Dónde está el mejor bienestar del niño?”, se pregunta Vázquez Muñiz.

Y prosigue: “La adopción es un derecho del niño a ser adoptado. Ningún adulto tiene un derecho a adoptar. Un matrimonio, aunque sea heterosexual, no necesariamente puede adoptar. Debe ser cualificado. El estado razonablemente puede darle prioridad para la adopción a los matrimonios sobre los individuos y a los matrimonios heterosexuales sobre los matrimonios homosexuales”.

A su entender, “basta que haya un fin racional, la convicción de que el mejor ambiente para crecer es tener un padre y una madre. Probablemente, lo que no podría hacer es negarle a un individuo o a un matrimonio la posibilidad de adoptar meramente por su orientación sexual”.

“No puedo terminar sin hacer un señalamiento preocupante. En la página 41 de la ley titulada ‘Contenido estudio social’ se incluye en los parámetros a considerar al cualificar el adoptante el ‘Sistema de valores a proveerle al menor’. ¿Cuáles son los criterios para evaluar esto? ¿Puede el gobierno entrar en la evaluación de los valores de las personas?”, cuestiona.

Según Vázquez Muñiz, “esto se presta para el discrimen por ideas o por religión. A los legisladores se les pasó esta… Sólo pedimos que las anteriores preocupaciones y otras más puedan ser presentadas en un proyecto de enmiendas a la ley recientemente aprobada. Es lo justo. Nuestros niños lo merecen”, concluye. INS

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