R. Dominicana-Anuncian nuevas normativas contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo

Santo Domingo, 2 ene (INS).- El Gobierno, a través del Ministerio de Hacienda, anunció nuevas medidas para la prevención de lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, con un enfoque basado en riesgo para el sector de casinos y juegos de azar, bancas de lotería, apuestas deportivas y concesionarios de loterías electrónicas.

Con esos propósitos, emitió la Resolución 204-2017, que aprueba la Norma Sectorial y establece los criterios mínimos que las referidas empresas deben considerar para adoptar para sus operaciones.

Con esa disposición, las autoridades buscan transparentar las acciones de esas empresas en lo que respecta “a sus políticas, controles y procedimientos de forma que puedan identificar, medir, controlar, mitigar y monitorear sus riesgos de lavado de activos y financiamientos del terrorismo”.

El Ministerio de Hacienda informó en un comunicado de prensa que la nueva medida se basa en lo que establece la Ley 155-17, sobre el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.

La Resolución, firmada por el ministro Donald Guerrero Ortiz, es de aplicación obligatoria para los casinos de juegos de azar, bancas de lotería o apuestas y concesionarios de loterías electrónicas, sujetos obligados de la Ley 155-17.

“Conforme a la legislación, los sujetos obligados deben adoptar, desarrollar y ejecutar un Programa de Cumplimiento para la prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, con un enfoque basado en riesgo, adecuado a la organización, estructura, recursos y complejidad de las operaciones que realicen”, indica el documento.

La referida normativa “ordena a los sujetos obligados, elaborar un manual de cumplimiento con un enfoque basado en riesgo para realizar de forma metódica, efectiva y controlada las obligaciones que exige la ley, acorde con las mejores prácticas internacionales y las regulaciones complementarias”.

La disposición les exige, además, desarrollar programas de capacitación dirigidos a sus funcionarios y empleados en materia de prevención de lavado de activos.

El lavado de activo es un proceso mediante el cual personas física o jurídica y organizaciones criminales, persiguen dar apariencia legítima a bienes o activos ilícitos provenientes de los delitos precedentes que señala la Ley 155-17, entre ellos el tráfico ilícito de drogas, de órganos humanos o de armas, secuestro, extorsión, soborno, prevaricación y trata de personas. INS

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