R. Dominicana-Tribunal dispone la libertad de seis imputados en el caso de corrupción Odebrecht y confirma la prisión a dos

Santo Domingo, 9 jul (INS).- Los jueces de la segunda sala penal de la Suprema Corte de Justicia dispusieron anoche la libertad de seis de los 10 implicados en el caso de soborno Odebrecht, tras conocer recursos de apelación a una sentencia anterior que ordenó la reclusión de tres meses a un año.

Con esta decisión se varió la calificación del juez de la Instrucción de la alta corte, Francisco Ortega Polanco, mediante la Resolución 0047 del 7 de junio pasado, la cual fue recurrida en todas sus partes por los imputados.

El tribunal, presidido por la magistrada Miriam Germán Brito, ordenó la libertad del exministro Juan Temístocles Montás, el expresidente del Senado, Andrés Bautista, Radhamés Segura, Máximo D’Oleo, el exdiputado Ruddy González y César Sánchez, y les impuso el pago de garantía econónica, impedimento de salida del país y presentación periódica ante el Ministerio Público, como medida de coerción.

Asimismo, el tribunal integrado además por Frank Soto, Alejandro Moscoso Segarra, Hiroíto Reyes y Esther Agelan Casasnovas revocó la prisión preventiva que pesaba en contra del abogado Conrado Pittaluga por la de arresto domiciliario, por un período de nueve meses.

Igualmente confirmó el mantenimiento en prisión del empresario Ángel Rondón Rijo y del exministro Víctor Díaz Rúa, tras rechazar los recursos de apelación presentados a través de sus abogados Juan Antonio Delgado, Pedro Balbuena y Miguel Valerio, quienes de inmediato anunciaron que solicitarán una revisión de la sentencia.

Rondón Rijo, llamado el “Hombre del Maletín”, es señalado por el Ministerio Público como la persona que pagó los sobornos de 92 millones de dólares entregados supuestamente por Odebrecht a funcionarios gubernamentales, políticos y legisladores para la aprobación de contratos privilegiados en infraestructuras públicas estatales.

Tras conocer una audiencia en materia de apelación que duró tres días y unas 30 horas, en medio de incidentes procesales y prolongadas réplicas de las partes litigantes, a las 11:20 de la noche la corte rechazó a unanimidad la declaratoria de nulidad e inconstitucionalidad invocada por la defensa de los acusados de la resolución 0047/2017, dictada por el Juzgado de la Instrucción Especial de la Jurisdicción Privilegiada, “por improcedente, mal fundada y carente de base legal”.

Asimismo, desestimó la declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos 227, 229.3, 229.4 y 234 del Código Procesal Penal (CPP) y rechazó por unanimidad la solicitud de extinción por prescripción, por los motivos expuestos en el cuerpo de la decisión.

De igual modo, dejó sin efecto la solicitud de nulidad del arresto planteadas por los recurrentes por las razones expuestas en parte anterior del fallo.

También declaró buenos y válidos los recursos de apelación interpuestos por Ángel Rondón Rijo, Víctor José Díaz Rúa y el diputado Alfredo Pacheco Ozoria, en cuanto a la forma. Esto confirma las medidas de coerción contendientes en un año de prisión al primero y nueve meses al segundo.

En tanto, Pacheco tendrá que pagar la fianza impuesta de cinco millones de pesos (105 mil 596 dólares). Las medidas son revisables cada tres meses.

En la sentencia de ayer, los jueces señalan las formas cómo los imputados favorecidos con una orden de libertad deberán acogerse a esa decisión, en el orden siguiente:

Radhamés  Segura, Juan Temístocles Montás, Porfirio Andrés Bautista y Ruddy González, las medidas establecidas en el artículo 226 del Código Procesal Penal, el pago de una fianza ascendente a 15 millones de pesos (316 mil 789 dólares) como garantía económica, impedimento de salida del país.

Deberán presentarse periódicamente el primer lunes de cada mes ante la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), por espacio de nueve meses.

César Sánchez Torres y Máximo Leónidas De Oleo, una fianza ascendente a 10 y cinco millones de pesos dominicanos, respectivamente, con los mismos requisitos sugeridos a los demás imputados.

Esta decisión contiene los votos disidentes de los magistrados Esther Eliza Agelán Casasnovas e Hiroito Reyes, de forma parcial, y de la jueza Miriam Brito, de forma íntegra.

La decisión del tribunal colegiado fue criticada por el movimiento social Marcha Verde, promotor de la lucha contra la corrupción y la impunidad gubernamental.

El organismo consideró que la variación de la medida de coerción a los implicados en el caso Odebrecht “responde a intereses del oficialista Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y forma parte de un teatro judicial montado por el procurador de la República”, Jean Alain Rodríguez. INS

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