P. Rico-Juez otorga plazo a AES para argumentar pedido de desestimar interdicto

Ponce, 18 jul (INS).- El juez Mariano Vidal Saenz, del Tribunal de Primera Instancia en Ponce, otorgó hoy un plazo hasta el próximo jueves a la empresa AES Puerto Rico para demostrar por escrito causa por la cual se debe desestimar el interdicto provisional para que no deposite los residuos de cenizas compactada en el vertedero de EC Waste, en el Pueñuelas Valley Landill, tal como reclama el Comité Pro Salud, Desarrollo y Ambiente de Tallaboa.

“Conforme a ello AESPR mantiene el derecho a operar acorde con la nueva Ley 40-2017 y en cumplimiento con las reglamentaciones ambientales establecidas por la JCA y por la Agencia de Protección Ambiental (EPA), por lo que continuaremos con nuestra operación normal”, anunció de inmediato Manuel Mata, presidente de AESPR.

El juez pidió a AESPR que pusieran por escrito su petición de desestimación y señaló vista para el 11 de agosto próximo, anunció la empresa.

“Reiteramos nuestro compromiso de garantizar energía segura y confiable al costo más económico para los ciudadanos de la Isla y continuaremos apoyando los esfuerzos del gobierno de Puerto Rico en impulsar el desarrollo económico y su recuperación fiscal”, dijo Mata en declaraciones escritas.

Añadió que “igualmente continuaremos colaborando con todo esfuerzo por ampliar los usos de subproductos y agregados en la fabricación de bienes para exportación y materiales de construcción”.

Insistió en que las aplicaciones y usos beneficiosos de los agregados de la combustión del carbón están perfectamente señalados y aprobados en la legislación actual y recomendados por la Junta de Calidad Ambiental (JCA) y la Agencia Estadounidense de Protección Ambiental (EPA).

Mientras, EC Waste reiteró ante el Tribunal de Primera Instancia en Ponce que opera en cumplimiento con la ley el vertedero en Peñuelas, al solicitar la desestimación del pleito bajo el argumento de que no existe prohibición al uso beneficioso y disposición de Agremax y pidió el arresto de los opositores que impidan actividades en el lugar.

“El Comité, en su intento de frenar actividades autorizadas por ley y que se realizan en completo cumplimento, insiste en un remedio que no procede en derecho para cambiar la letra clara de la ley e incluso ignorar una sentencia vigente”, expresó Ricardo Soto, portavoz de la empresa.

EC Waste afirmó en la corte que no existe una prohibición en el ordenamiento jurídico vigente que limite el uso y disposición del producto manufacturado Agremax que ha estado recibiendo el Peñuelas Valley Landfill en días recientes por parte de la empresa AES.

Soto subrayó que la Ley 40 de 2017 no lo prohíbe, tal como lo demuestra el historial legislativo de la medida, aparte de que la Ordenanza Municipal de Peñuelas, que intentan revivir los demandantes, ya fue invalidada por el Primer Circuito de Apelaciones por establecer una prohibición contraria a la política pública ambiental estatal, establecida por la JCA, que autorizan el recibo y disposición del producto manufacturado –entre otros materiales– en el sistema de relleno sanitario.

“El tribunal de Ponce también reafirmó la semana pasada una orden contra el grupo de manifestantes que establece claramente que estos no pueden impedir las operaciones del Peñuelas Valley Landfill. De así hacerlo, estarían violando nuevamente una orden del tribunal, por lo que las autoridades estarían facultadas para arrestarlos por incurrir en desacato”, añadió el portavoz.

EC Waste reiteró que continúa siendo la solución más viable y segura en Puerto Rico para el manejo comercial de los residuos de combustión de carbón y sus productos derivados. INS

ndc